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Carlos Gajardo y querella del senador Pizarro : “El derecho a la privacidad es fundamental”

El ex fiscal Carlos Gajardo analiza los aspectos legales del caso del senador Jorge Pizarro, de quien se difundió una foto en redes sociales. “Me parece que es legítimo que se intente una acción para sancionar tanto al que obtuvo las imágenes como al que las compartió”, aclara.

-¿Este episodio revela cierta fragilidad del derecho a la intimidad en este país?

-En Chile, a propósito de lo que fue el caso de la interceptación del teléfono del entonces senador Piñera (en agosto de 1992)  se reguló ese tipo de intervenciones y de difusiones de conversaciones privadas con un tipo penal que ha tenido poca aplicación, pero que existe. Y que sanciona con penas de cárcel a todo aquel que por una parte capte conversaciones, imágenes, videos, fotografías, que sean de carácter privado y también al que las difunda.

-En el caso del senador Pizarro parece evidente que es una situación privada…

-Respecto a lo que ha ocurrido con el senador Pizarro, más allá de cualquier reproche moral o ético que uno pueda hacer, hay también un componente penal en cuanto es una conducta que expresamente está sancionada por la ley, sin perjuicio de que en este caso se podrá discutir si concurren o no los requisitos legales exactamente, sobre todo definir si era un lugar privado o no.

-En el caso del senador Pizarro parece evidente que es una situación privada…

-Respecto a lo que ha ocurrido con el senador Pizarro, más allá de cualquier reproche moral o ético que uno pueda hacer, hay también un componente penal en cuanto es una conducta que expresamente está sancionada por la ley, sin perjuicio de que en este caso se podrá discutir si concurren o no los requisitos legales exactamente, sobre todo definir si era un lugar privado o no.

-¿Pero la acción legal del senador tiene fundamento?

-A mí me parece adecuada, porque estamos en una sociedad que por diversos motivos y en distintos momentos hay intentos de funar a personas. En esos episodios se puede incurrir en una conducta de ese tipo, es decir que viola la privacidad de otros.

Algo parecido sucedió con la fotografía que se le toma a Izkia Siches comprando ropa en un centro comercial. En ese caso no hay duda de que ese es un lugar de libre acceso al público y por lo tanto no hay posibilidad de sancionarlo con un tipo penal. Pero en el caso de Pizarro la duda es mucho mayor. Porque por mucho que sea un balcón, la foto es de un balcón de una propiedad privada donde existe, yo diría, cierta expectativa de privacidad e intimidad.

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